“Excelente atención desde el primer día. Siempre atentos a cómo iba mi recuperación y se encargaron de todo desde el principio. Sin duda los recomiendo.”
Despacho con sede en Elche. Tramitamos pensiones de incapacidad permanente para trabajadores de la industria del calzado, manufactura, comercio y servicios del Vinalopó. Recursos al INSS y Juzgados de lo Social.
Nuestro despacho tiene su sede social en Elche, en plena calle Oscar Esplá. Desde aquí coordinamos los expedientes de incapacidad permanente de toda la provincia, con especial atención al perfil profesional del Vinalopó: industria del calzado y marroquinería, manufactura textil, comercio mayorista y servicios.
Conocemos al detalle las patologías que se reconocen como incapacitantes en estos sectores — túnel carpiano, tendinitis del manguito rotador, dermatitis por contacto con productos químicos, asma ocupacional, hipoacusia por ruido industrial — y los criterios actuales del INSS y de los Juzgados de lo Social de Elche.
Cada grado tiene requisitos clínicos distintos, prestaciones económicas distintas y un procedimiento específico.
Disminución del rendimiento ≥ 33 % para la profesión habitual. Indemnización a tanto alzado.
Inhabilita para la profesión habitual. Pensión del 55 % de la base reguladora (75 % en total cualificada).
Inhabilita para todo tipo de trabajo. Pensión del 100 % y exenta de IRPF.
Necesita asistencia de tercera persona. Pensión del 100 % + complemento del 45 %.
Lesiones por accidente de trabajo o enfermedad profesional que no alcanzan a constituir incapacidad permanente. Indemnización a tanto alzado — habitual en trabajadores de la industria del calzado con lesiones tendinosas residuales.
Prestación que se reconoce al trabajador cuando presenta limitaciones funcionales o anatómicas graves, de modo definitivo, que disminuyen o anulan su capacidad laboral.
Cuatro grados — parcial, total, absoluta y gran invalidez — más un caso especial (lesiones permanentes no invalidantes). La asignación del grado correcto es lo que determina toda la economía del expediente.
Períodos mínimos exigidos según el origen y el grado.
Si la incapacidad deriva de accidente de trabajo, accidente no laboral o enfermedad profesional (típica en industria del calzado), no se exigen cotizaciones previas.
1.800 días cotizados en los 10 años inmediatamente anteriores al hecho causante.
Primera visita sin coste, especialización exclusiva en derecho sanitario y red de peritos médicos colaboradores.
Te recibimos sin coste en nuestra sede de Elche. Revisamos tu documentación médica y laboral y te damos una valoración honesta de las posibilidades de tu expediente.
Décadas trabajando con expedientes de la industria del calzado, la marroquinería y el textil nos han dado un conocimiento muy específico de las enfermedades profesionales reconocidas en estos sectores y de cómo se acreditan ante el INSS.
Trabajamos con peritos en medicina laboral, traumatología, neumología y reumatología habituados a evaluar patologías de trabajadores industriales. Sus informes contrarrestan el dictamen del médico inspector.
La revisión solo procede por agravación o mejoría real del cuadro clínico que motivó el reconocimiento inicial. Es habitual en trabajadores que ven empeorada la patología tras unos años — por ejemplo, túnel carpiano que progresa a daño nervioso permanente, o discopatía con nueva hernia.
En la resolución original suele figurar una fecha de revisión; a partir de ella el INSS o el trabajador pueden pedirla, pero no es automática.
En los 30 días siguientes a recibir una resolución denegatoria o un grado insuficiente.
Sede en Elche, especialización exclusiva en derecho sanitario y peritos médicos independientes.
Llevamos exclusivamente incapacidades laborales y prestaciones de Seguridad Social. Esa concentración total nos permite estar al día de los criterios del INSS y de la doctrina de la Sala de lo Social del TSJ de la Comunidad Valenciana.
Te explicamos cada fase del procedimiento con claridad — qué pasa, en qué plazos y qué resultados son realistas. Sin tecnicismos innecesarios y con honestidad sobre lo que esperar.
Trabajamos con peritos médicos en medicina laboral, traumatología, neumología y reumatología habituados a expedientes de trabajadores industriales y de la industria del calzado.
Las preguntas más recurrentes en nuestra sede de Elche.
El túnel carpiano del calzado se reconoce como enfermedad profesional (cuadro del RD 1299/2006). Si tras la cirugía persisten secuelas neurológicas significativas que limitan tu profesión habitual, puede reconocerse incapacidad permanente total. Si las secuelas son menores, se indemniza como lesión permanente no invalidante.
Sí, conviene. Aunque los inspectores tienen acceso a historiales públicos, aportar tu documentación íntegra (incluida sanidad privada y mutua) garantiza que se valoren todos los antecedentes.
No. A partir de los 12 meses el alta corresponde exclusivamente al médico inspector del INSS.
No. También en contingencia profesional, el alta tras 12 meses corresponde solo al INSS.
Sí. Se resuelve en ambos sentidos. Por eso es clave preparar bien la documentación y, si procede, la prueba pericial.
Sí. Cumplidos los 55 años y no estando en alta laboral, la pensión se eleva al 75 % de la base reguladora (total cualificada).
La que venías ejerciendo en el momento del hecho causante. Los Juzgados toman como referencia la categoría profesional real desarrollada en el último año, no la del contrato inicial.
Sí. Las dermatitis de contacto por agentes químicos del calzado figuran en el cuadro de enfermedades profesionales. Conviene documentar el contacto con sustancias concretas (cromados, pegamentos de poliuretano, disolventes) y los informes de la unidad de dermatología.
No. A partir de esa fecha el INSS o tú podéis pedirla, pero no se inicia de oficio. En muchos casos el grado reconocido ya nunca se revisa.
Sí, pero solo por agravación o mejoría real del cuadro clínico. Si tu situación no ha cambiado, no deberían revisar el grado.
Si la resolución no especifica "días naturales", son 30 días hábiles — sin contar fines de semana ni festivos.
El informe completo del médico inspector del INSS valorando toda la documentación. Es más extenso e importante que el dictamen propuesta. Conviene pedir copia siempre.
Valoraciones de personas que han confiado su caso a nuestro despacho, publicadas en Google.
“Excelente atención desde el primer día. Siempre atentos a cómo iba mi recuperación y se encargaron de todo desde el principio. Sin duda los recomiendo.”
“Los mejores profesionales, tanto en el trabajo como en el trato al cliente. Volvería a confiar en ellos sin dudarlo. Gracias a todo el equipo.”
“Muy buenos profesionales y muy buenos resultados. Ha sido un placer trabajar con vosotros.”
Análisis de las enfermedades profesionales más reconocidas en el Vinalopó y de cómo se acreditan ante el INSS.
Túnel carpiano, tendinitis, hernia discal lumbar, dermatitis por contacto, asma ocupacional. Cuáles tienen consideración de enfermedad profesional y cómo se acredita el origen.
Leer →El RD 1299/2006 establece el cuadro oficial de enfermedades profesionales. Repasamos las más habituales en la manufactura y cómo se diferencian de la contingencia común.
Leer →Cuando un accidente de trabajo o enfermedad profesional se produce por falta de medidas de seguridad, la pensión se incrementa entre un 30 % y un 50 % a cargo exclusivo de la empresa. Cómo se reclama.
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